|
Tafí
del Valle, Tucumán,
|
Información Institucional
De interés para los Sres. Socios
Comisión Directiva del Club Tafí del Valle,
período 2011-2013
|
Presidente |
Sr. José Agustín
Poviña |
|
Vice-presidente |
Sr. Martín Terán Bustillo |
| Secretario |
Dolores de Zavalía |
|
Tesorero |
Sr. Santiago Ferrari |
|
Vocales |
Sr. Eduardo Mirande (h)
Sr. Máximo E. Mendez
Sr. Hugo Honorio Molina
Sr. Carlos Posse (h)
Sr. Eduardo Stourdeur (h)
Sr. Carlos Parravicini (h)
Sr. Gerardo Peña (h) |
|
Síndico |
Sr. Hugo H. Molina |
|
Miembro
Suplente |
Sr. Raul Patricio Lobo |
|
Estatuto del Club de Tafí
Extracto "De los socios"
ART. 6): Las
categorías de socios son las siguientes: A) Categoría familiar, que comprende al
padre, madre e hijos menores de 12 años. B) Activos, las personas solteras
mayores de 22 años, y el padre o la madre en su caso. C) Categoría cadete, los
menores de 22 años y mayores de 12 años. D) Categoría honorarios aquellos que
por sus méritos personales y por los servicios prestados a esta institución,
sean designados como tales por Asamblea General a propuesta de la Comisión
Directiva. E) Categoría transeúnte: comprenden 3 tipos: a) Grupo familiar. b)
Solteros mayores de 22 años. c) Menores de 22 años. F) Categoría concurrente
invitado, la Comisión Directiva podrá reunir conforme a las disposiciones del
presente estatuto, disponer que la o las personas que designe, pueden gozar o
usar de las instalaciones del Club conforme a la reglamentación que a tal efecto
se dicte. ART. 7):
Para ser admitido como socio del Club se requiere: Ser presentado por dos
socios activos a la Comisión Directiva, quien resolverá sobre su admisión o
rechazo. ART. 8):
Dentro de la categoría familiar el padre o la madre tendrán los derechos y
atribuciones de los socios activos.
ART. 9): Los socios
activos gozan de los siguientes derechos: a) El uso de todas las dependencias y
práctica de los deportes de la institución. b) Formar parte de la C. D. y de las
sub-comisiones. c) Intervenir en las asambleas con voz y voto.
ART. 10): Los socios de
la categoría cadete podrán usar y gozar de las instalaciones del Club, y de
formar parte de las sub-comisiones.
ART. 11): Los demás
socios sólo estarán facultados a gozar de las instalaciones del Club sin
intervenir en la organización ni dirección del Club.
ART. 12): Las
obligaciones comunes a todos los socios son las siguientes: a) Respetar y velar
por el cumplimiento de los presentes estatutos, reglamentos internos y
resoluciones de la comisión Directiva. b) Observar orden y decoro en las
dependencias del Club, difundiendo el espíritu de camaradería entre los
asociados. c) Pagar con puntualidad las cuotas sociales y cualquier contribución
especial si la hubiera. d) Aceptar gratuitamente y con el mayor celo cualquier
misión o cargo que se le encomiende. e) Comunicar cualquier cambio de domicilio
a la Secretaría del Club.
ART. 13): Son motivo de suspensión o exoneración según la gravedad
del caso: a) Una conducta personal que no condiga con los fines de moralidad y
compañerismo del Club. b) La violación de los presentes estatutos.
ART. 14): La pena de
suspensión trae aparejada mientras ella dure la privación de los derechos y
atribuciones de los socios.
ART. 15): Las sanciones disciplinarias a que se refiere el
artículo anterior serán resuelta por la Comisión Directiva con estricta
observancia del derecho de defensa. En todos los casos podrá el afectado apelar
dentro del término de 5 días de notificada la sanción por ante la primera
asamblea; el recurso se concede al solo efecto devolutivo. |